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Tribunal del Maule
SII-VII DIRECCION REGIONAL TALCA con ROJAS GAJARDO
Fecha: 29-03-2018 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
RECHAZA No Ha Lugar
Se confirma denuncia por presentación maliciosa de declaraciones incompletas de IVA, omitiendo débitos fiscales en 15 facturas emitidas entre 2014-2015, imponiéndose multa equivalente al 180% del tributo eludido.
Bernardo Antonio Rojas Gajardo, contribuyente afecto a IVA con giro en corretaje agrícola, emitió 15 facturas de ventas en períodos de noviembre-diciembre 2014 y abril, junio, agosto-octubre, diciembre 2015. Los débitos fiscales generados por estas ventas fueron registrados en su Libro de Compras y Ventas y consta que fueron recibidas por clientes con contabilidad electrónica, pero deliberadamente fueron omitidos en las declaraciones Formulario 29, resultando impuesto a pagar de $0 en todos esos períodos. El perjuicio fiscal ascendió a $6.254.586 al mes de diciembre 2017.
El tribunal establece que para configurar la infracción del artículo 97 N°4 del CT se requieren copulativamente: declaración incompleta o falsa, malicia en la omisión, e inducción a liquidación inferior. La carga probatoria corresponde al SII, quien debe acreditar el dolo. Se acredita el elemento objetivo: las declaraciones fueron efectivamente incompletas al omitir débitos fiscales. Respecto del elemento subjetivo (malicia), el tribunal concluye que múltiples circunstancias lo evidencian: experiencia como contribuyente IVA, único beneficiado con la omisión, acceso a registros de débitos, reit
Se confirma el Acta de Denuncia N°7 por infracción al inciso primero del N°4 del artículo 97 CT. Se aplica multa de $11.337.062 (equivalente al 180% del IVA defraudado actualizado a marzo 2018). Se ordena cumplimiento administrativo por el Director Regional del SII.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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