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Tribunal de Aysen
SII- DIRECCION REGIONAL DE COYHAIQUE con REPUESTOS RICHARD CANDIA E.I.R.L.
Fecha: 28-08-2018 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Roberto Esteban Aguirre Lagos
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal rechaza parcialmente denuncia por uso de facturas falsas. Confirma sanción por incremento indebido de créditos fiscales de IVA, rechaza por declaración falsa de renta. Multa equivalente al 100% de IVA evadido.
Repuestos Richard Candia E.I.R.L. utilizó once facturas falsas de cinco proveedores entre 2014 y 2015, obtenidas de Fernando Chible. El contribuyente pagó el 50% del IVA anotado. Las facturas provenían de empresas inexistentes o con domicilios falsos. El contribuyente reconoció los hechos ante la fiscalización, rectificó sus declaraciones de IVA y renta, pagó los impuestos adeudados incluyendo períodos prescritos, y colaboró activamente en el esclarecimiento de los hechos identificando al proveedor de facturas falsas.
El tribunal analiza el concurso de infracciones previstas en artículo 97 N°4 incisos primero y segundo del CT. Rechaza la infracción de declaración maliciosamente falsa de renta por falta de acreditación suficiente del perjuicio fiscal denunciado. Respecto del incremento indebido de créditos de IVA, estima configurada la infracción al comprobarse el uso doloso de facturas falsas. El perjuicio fiscal real de IVA asciende a $3.754.929, no $80.904.592 como denunció el SII. Reconoce como atenuantes: conducta anterior irreprochable, colaboración sustancial al esclarecimiento, autodenuncia y confesi
Se confirma acta de denuncia solo por infracción del artículo 97 N°4 inciso segundo CT. Se rechaza por inciso primero. Se aplica multa equivalente al 100% de impuestos evadidos por IVA: $3.754.929. Se notifica mediante publicación íntegra en sitio del Tribunal y carta certificada al denunciado.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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