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Tribunal de la Araucanía
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO con Contreras Monsalves
Fecha: 06-09-2018 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Se deja sin efecto acta de denuncia por infracción tributaria al constatar fallecimiento del contribuyente pendiente la sentencia definitiva, extinguiendo responsabilidad pecuniaria.
Gerardo René Contreras Monsalves, restaurantero, fue denunciado mediante acta N° 5/2016 por aumento malicioso del crédito fiscal del IVA utilizando trece facturas falsas de cinco proveedores supuestos en períodos de febrero 2014 a marzo 2015. El acta fue notificada personalmente el 13 de julio de 2017. El contribuyente falleció el 5 de julio de 2018, encontrándose pendiente la dictación de sentencia definitiva en la causa.
El tribunal aplicó el artículo 93 N° 1 del Código Penal, incorporado por disposición del artículo 2° del Código Tributario, que establece que la responsabilidad penal se extingue por muerte del responsable respecto de penas pecuniarias cuando al fallecimiento no se hubiere dictado sentencia ejecutoriada. Al constatar que el contribuyente falleció antes de la sentencia definitiva, procede la extinción de su responsabilidad por las sanciones pecuniarias correspondientes a la infracción denunciada.
Se deja sin efecto el acta de denuncia N° 5/2016 por infracción del artículo 97 N° 4 inciso 2° del Código Tributario, extinguiéndose la responsabilidad pecuniaria del contribuyente fallecido.
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