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Tribunal de la Araucanía
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO con CENTEC CHILE SPA
Fecha: 04-10-2018 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
ACOGE Ha Lugar
Se condena a CENTEC CHILE SPA por aumentar maliciosamente crédito fiscal de IVA y gastos de IR mediante facturas electrónicas falsas, imponiendo multa equivalente al 100% de impuestos evadidos ($8.906.820).
CENTEC CHILE SPA, representada por Andrés Florentino Utreras Aillapan, utilizó dos facturas electrónicas falsas emitidas por Servicios Informáticos Andrés Utreras Aillapan EIRL en períodos diciembre 2014 y marzo 2015. Las facturas N° 11 ($16.163.269) y N° 12 ($20.230.000) daban cuenta de servicios informáticos inexistentes. La empresa registró estas facturas en su libro de compras para aumentar crédito fiscal IVA y también las utilizó como gasto en declaración de renta 2015. El representante legal reconoció en declaración jurada que las operaciones no fueron reales ni hubo pagos asociados, adm
El tribunal constató la falsedad ideológica de las facturas mediante la declaración jurada del representante legal de ambas empresas, quien reconoció que las operaciones no existieron y no hubo pagos reales. Las facturas representaban porcentajes significativos del crédito fiscal mensual (64,69% en diciembre 2014 y 91,60% en marzo 2015), demostrando intención dolosa. La conducta constituye infracciones del artículo 97 N° 4 del CT: aumento malicioso de crédito fiscal IVA y aumento indebido de gastos para disminuir base imponible de IR de primera categoría. Se acreditó dolo mediante la admisión
Se confirma Acta de Denuncia N° 17/2017 y se condena a CENTEC CHILE SPA y su representante legal al pago de multa equivalente al 100% de impuestos evadidos, ascendiente a $8.906.820 ($6.263.924 IVA + $2.642.896 IR). Se condena en costas a la denunciada por acogimiento íntegro de la denuncia.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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