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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
CUADRADO SEPULVEDA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 10-10-2018 · Materia: Artículo 109 del CT
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo de liquidador concursal contra multa por incumplimiento del artículo 91 CT, determinándose que comunicó oportunamente la resolución de liquidación dentro del plazo legal de 5 días hábiles mediante carta certificada.
Francisco Javier Cuadrado Sepúlveda fue designado liquidador concursal de Empresa Constructora Alerce S.A. por resolución del 1º Juzgado Civil de Temuco de fecha 12.12.2016. La resolución se publicó en Boletín Concursal el 14.12.2016. El reclamante envió carta certificada al SII Dirección Regional de Temuco el 13.12.2016, informando su designación y la resolución de liquidación, siendo recepcionada el 14.12.2016. Sin embargo, el SII cursó acta de denuncia de infracción el 21.02.2018, alegando incumplimiento del artículo 91 del CT por no haber informado oportunamente su nombramiento.
El tribunal analiza que la obligación del artículo 91 CT consiste únicamente en comunicar por escrito la dictación de la Resolución de Liquidación al Director Regional dentro de 5 días hábiles desde la asunción del cargo. La Circular N°64 del SII distingue claramente entre obligaciones del liquidador: informar la resolución, dar aviso de modificaciones e identificarse ante el SII. El envío de carta certificada constituye medio idóneo para cumplir la obligación legal, sin necesidad de comparecencia presencial. Comparando fechas, la carta fue enviada el 13.12.2016 y recepcionada el 14.12.2016, d
Se acoge la reclamación dejando sin efecto el Acta de Denuncia de Infracción Folio N°25101850 de fecha 21.02.2018. Se dispone el cumplimiento administrativo de lo resuelto por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del SII. No se condena en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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