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Tribunal del Biobio
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCIÓN con SOCIEDAD AGRICOLA ORTIZ URIBE LIMITADA
Fecha: 11-03-2019 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza denuncia por falsedad ideológica en facturas de IVA. Contribuyente agrícola acreditó pago de operaciones con cheques y cumplimiento de resguardos legales.
El SII denunció a Sociedad Agrícola Ortiz Uribe Limitada por presentar declaraciones de IVA maliciosamente falsas, incluyendo cinco facturas ideológicamente falsas emitidas por "Transportes Ulises Silvano Toro Ortega EIRL" por $14.152.856 en crédito fiscal. El SII alegó que el proveedor no tenía vehículos de carga, bodegas, ni registraba compras de productos agrícolas. Las facturas mostraban fechas de emisión 30-31 enero 2015, pero en sistemas del SII aparecían del 12 febrero 2015. La contribuyente argumentó que las operaciones fueron reales, pagadas con cheques y cumplía resguardos del DL 825
El tribunal debió dilucidar si las operaciones eran reales o ficticias. Conforme al artículo 23 N°5 del DL 825, las facturas no fidedignas o falsas no dan derecho a crédito fiscal. La infracción del artículo 97 N°4 inciso 2 del CT requiere acreditar maniobra maliciosa tendiente a aumentar indebidamente créditos. El tribunal valoró la prueba documental y testimonial, considerando que la contribuyente acreditó pago efectivo mediante cheques de su cuenta corriente y cumplimiento de medidas de resguardo legal, lo que demuestra seriedad en las operaciones y descarta el carácter ficticioso de las tr
Se rechaza el acta de denuncia. No se acredita la comisión de la infracción del artículo 97 N°4 inciso 2 del CT. Se ordena dejar sin efecto las sanciones impuestas por falsedad en declaraciones de IVA.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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