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Tribunal de Coquimbo
OVIEDO ZEPEDA con SII-IV DIRECCION REGIONAL LA SERENA
Fecha: 22-04-2019 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal confirma infracción por no emisión de boleta en venta al fiado de frutas por $11.260, imponiendo multa de 2 UTM y 6 días de clausura.
El 9 de febrero de 2019, funcionarias del SII visitaron el local comercial de Inés Oviedo Zepeda en La Serena. Encontraron un cuaderno borrador con anotación de venta al fiado por $11.260 a nombre de Oriel. La encargada del local reconoció que se trataba de una venta al crédito sin emisión de boleta correspondiente. El SII cursó denuncia por infracción al artículo 97 N°10 del CT. La contribuyente reclamó argumentando coacción en la emisión posterior de boleta.
El tribunal estableció que la obligación de emitir boleta existe independientemente del pago del precio, conforme a los artículos 52, 54 y 55 del DL 825. Aunque los funcionarios no presenciaron la operación, sus testimonios como ministros de fe resultaron creíbles respecto de lo manifestado por la encargada. El cuaderno no constituye libro de contabilidad sino simple anotación, pero su contenido corrobora la existencia de la venta. Se acreditó la reincidencia (3 infracciones previas), considerada como circunstancia agravante conforme al artículo 107 N°1 del CT. No se consideraron agravantes el
Se rechaza el reclamo y se confirma la denuncia. Se impone multa de 2 unidades tributarias mensuales ($96.706) y clausura del establecimiento por 6 días, por infracción al artículo 97 N°10 del Código Tributario.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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