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Tribunal de la Araucanía
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO con CONSTRUCTORA MELIRAYEN LTDA.
Fecha: 02-10-2019 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
ACOGE Ha Lugar
Tribunal condena a Constructora Melirayen por uso malicioso de facturas falsas para aumentar crédito fiscal de IVA, con multa de $30.888.300 equivalente al 150% de impuestos evadidos.
Constructora Melirayen Limitada, representada por Abelardo Patricio Cruces Veloso, registró y declaró tres facturas falsas supuestamente emitidas por Luis Alberto Ortiz Arias en períodos tributarios de noviembre y diciembre de 2015 y junio de 2016. Las facturas numeradas 516, 553 y 568 fueron incorporadas al libro de compras y declaradas en formularios 29, aumentando indebidamente el crédito fiscal de IVA. El presunto proveedor declaró no conocer a la empresa y no reconocer las facturas, que aparecen anuladas o emitidas a terceros en sus registros.
El tribunal estimó probada la falsedad material de las facturas mediante la declaración jurada del presunto emisor, copia de sus facturas verdaderas, libros de compraventa y formularios 29. Se acreditó que la contribuyente incorporó documentos probadamente falsos en su contabilidad para defraudar al Fisco. Se concluyó malicia en la conducta por la incorporación de facturas falsas en últimos días del período mensual, conociendo el monto de impuestos a pagar, y sin acreditación de pagos. El tribunal desestimó el doble registro de la factura 516 por falta de prueba documental.
Se confirmó Acta de Denuncia N° 26/2018 y condenó a Constructora Melirayen a multa de $30.888.300 (150% de $20.592.200 de impuestos evadidos) por infracción del artículo 97 N° 4 inciso 2° del Código Tributario. Se condenó en costas a la denunciada.
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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