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Tribunal Antofagasta
Hidromec SpA con SII II DIRECCION REGIÓN DE ANTOFAGASTA
Fecha: 14-08-2020 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de Hidromec SpA contra liquidaciones por impuesto a la renta 2015 y reintegro 2017, confirmando validez de las liquidaciones por declaraciones maliciosamente falsas con facturas fraudulentas.
Hidromec SpA fue fiscalizada por el SII, que emitió liquidaciones N°41 y 42 del 5 de marzo de 2019 determinando diferencias por Impuesto Único del artículo 21 inciso 1° LIR año 2015 y Reintegro artículo 97 LIR período marzo 2017, por montos totales de $117.094.774. El SII utilizó facturas falsas de proveedores Patricio y María Alejandra Giménez para justificar rechazos de gastos. La reclamante alegó prescripción y falta de acreditación de mala fe.
El tribunal analizó dos cuestiones centrales: (1) Prescripción: determinó que aplica el plazo de 6 años del artículo 200 inciso 2° CT por declaraciones maliciosamente falsas, no los 3 años ordinarios. Las liquidaciones fueron notificadas el 5 de marzo 2019, dentro del plazo de prescripción extendido. (2) Carácter malicioso: concluyó que la presentación de facturas falsas sin servicio real, registradas en contabilidad e incluidas en declaraciones de impuestos, configura malicia. El hecho de que años anteriores (2014) se hubiera anulado por prescripción ordinaria no contradice hallazgo de malici
Se rechaza la reclamación en todas sus partes. Se confirman las liquidaciones N°41 y 42 del 5 de marzo de 2019 emitidas por la II Dirección Regional Antofagasta del SII, con condena en costas a la reclamante.
Artículos citados:
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