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Tribunal R. Metropolitana. Primero
TRANSPORTES BAGNO SOCIEDAD ANONIMA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI DR SANTIAGO SUR
Fecha: 30-06-2021 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de Transportes Bagno contra liquidaciones del SII por crédito fiscal e impuesto a la renta, constatando que facturas de Comercializadora Bagno carecen de requisitos reglamentarios y servicios no están debidamente identificados.
Transportes Bagno S.A., empresa de transporte de carga, fue liquidada por el SII mediante resoluciones N°1834 a 1872 de noviembre 2017 por aproximadamente $909 millones, rechazando crédito fiscal en facturas de la empresa relacionada Comercializadora de Frutas Bagno por servicios de administración y arriendo de camiones. La reclamante alegó que los servicios fueron efectivamente prestados, que existen contratos válidos, que los precios son de mercado, y que el SII ya había aceptado operaciones idénticas en años 2012-2013. El tribunal constató que Transportes Bagno cuenta con personal administr
El tribunal analizó los requisitos del artículo 23 N°5 del DL 825 (IVA), determinando que las facturas de Comercializadora Bagno incumplen requisitos reglamentarios al no especificar adecuadamente los servicios de administración prestados, limitándose a glosas genéricas. Esta deficiencia formal implica pérdida del derecho al crédito fiscal conforme a la norma citada, independientemente de que los servicios se hayan efectivamente prestado. Respecto a impuesto a la renta, el tribunal encontró que la reclamante no probó adecuadamente la relación entre los gastos rechazados y los ingresos generado
Se rechaza íntegramente la reclamación presentada por Transportes Bagno S.A., confirmando las Liquidaciones N°1834 a 1872 emitidas por el SII, con condena en costas a la reclamante.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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