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Tribunal R. Metropolitana. Primero
IMPORT Y EXPORT DE MANOFACTURAS YARIS ANNI SPA con SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL
Fecha: 06-08-2021 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de YARIS ANNI SPA contra liquidaciones por uso de facturas falsas e ideológicamente falsas, confirmando rechazos de crédito fiscal IVA y gastos de renta.
IMPORTADORA Y EXPORTADORA DE MANUFACTURAS YARIS ANNI SPA fue fiscalizada por el SII respecto de períodos IVA junio 2013 a mayo 2016 y años tributarios 2014 a 2017. Se detectó la utilización de facturas materiales e ideológicamente falsas en operaciones de compra. El SII determinó que los proveedores presentados al Servicio demostraron que las facturas reales fueron emitidas en fechas distintas, por montos diferentes y a otros contribuyentes. La contribuyente no acreditó la efectividad de las operaciones ni el pago de las facturas cuestionadas. Se emitieron liquidaciones N° 18 a 40 de fecha 30
El Tribunal analizó el cumplimiento de requisitos del artículo 23 N°5 del DL 825 para mantener derecho al crédito fiscal, concluyendo que la contribuyente debía acreditar: emisión y pago mediante cheque, vale vista o transferencia; registro en contabilidad; cumplimiento de obligaciones formales de la factura; y efectividad material de la operación. El tribunal constató que la reclamante no acompañó durante el término probatorio documento alguno que acreditara el pago de las facturas ni la efectividad de las operaciones. La prueba testimonial corroboró que se detectaron facturas falsas que supl
NO HA LUGAR AL RECLAMO. Se confirman las Liquidaciones de Impuestos N° 18 a 40 de fecha 30 de abril de 2018 de la Dirección Regional Santiago Centro del SII. No se condena en costas por haber tenido motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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