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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
ISUANI LARRUY con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 29-06-2022 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Reclamación rechazada contra liquidación por subdeclaración de ingresos y retenciones no enteradas. El tribunal confirma la liquidación por falta de pruebas del contribuyente.
Juan José Isuani Larruy reclama Liquidación N°31500000392 (AT 2013) que lo gravó por $4.585.527 por subdeclaración de ingresos en Impuesto Global Complementario. El SII detectó que omitió declarar $3.576.047 de rentas de segunda categoría y que boletas de honorarios no eran consistentes con lo informado por agentes retenedores. El reclamante alegó que empresas Contralora de Chile Ltda. y Agroindustrial Aguilar y Maldonado Ltda. debían retener, pero no lo hicieron ni aportó pruebas. Fue citado a regularizar documentación el 27.01.2014 y notificado con citación el 16.12.2015, sin responder.
El tribunal analiza que el SII ejerció legítimamente sus facultades de fiscalización conforme artículos 1, 59, 60 y 63 del Código Tributario. Los actos administrativos gozan de presunción de legalidad. La Liquidación fue debidamente motivada, expresando hechos y fundamentos de derecho. El contribuyente no acompañó antecedentes en sede administrativa ni judicial (talonario de boletas, certificados de retención, contrato de servicios) que acreditaran la veracidad de su declaración. La ausencia total de probanzas en fiscalización justifica la liquidación. Corresponde al contribuyente acreditar la
Se rechaza el reclamo y se confirma íntegramente la Liquidación N°31500000392 de fecha 24.03.2016, AT 2013. Se declara que no adolece de arbitrariedad ni ilegalidad. Se absuelve de costas por haber motivos plausibles para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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