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Tribunal del Maule
ESPINOSA GUTIERREZ con SII-DIRECCIÓN REGIONAL TALCA
Fecha: 27-03-2013 · Materia: Liquidación
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación contra liquidación por diferencias de caja y ajustes al FUT, al no acreditarse con contabilidad fidedigna los errores alegados ni la entrega de fondos en administración.
El SII fiscalizó al contribuyente y realizó un inventario de caja el 30.12.2010, detectando un faltante de $86.392.618 respecto del saldo contable. El contribuyente alegó que los fondos fueron entregados en administración a un tercero mediante mandato notarial y que existían errores acumulados en el registro FUT desde el año 2000, por incluir indebidamente utilidades de ventas ocasionales de buses que debieron tributar en el mismo año. El SII emitió liquidación por retiros presuntos e incremento por diferencia de caja, determinando diferencias de Impuesto Global Complementario AT 2011 por $27.
El tribunal estableció que el contribuyente no desvirtuó el inventario de caja practicado conforme al artículo 97 N°16 del Código Tributario. El mandato notarial no acredita por sí solo la entrega efectiva de fondos, requiriéndose prueba adicional del flujo real de recursos que no fue aportada. Respecto a la corrección del FUT, el artículo 127 del Código Tributario no resulta aplicable pues no existe reliquidación de impuestos. El contribuyente no acompañó contabilidad fidedigna completa ni respaldos documentales de los años 2000-2003 y siguientes que permitieran verificar el saldo FUT alegado
Rechaza la reclamación, confirma la Liquidación N°1 de 09.01.2012 en todas sus partes. Rechaza la solicitud de corrección de errores del artículo 127 del Código Tributario. No condena en costas por motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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