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Tribunal del Maule
BARRIENTOS GARRIDO con SII-DIRECCIÓN REGIONAL TALCA
Fecha: 15-04-2014 · Materia: Liquidación
HA LUGAR EN PARTE Confirmatorio Ha Lugar en Parte
Acogida parcialmente la reclamación. Se justificó solo parcialmente el origen de fondos para la compra de bien raíz ($75 millones de crédito bancario); se desestimó la justificación de compras de dólares por falta de acreditación suficiente.
Contribuyente reclama liquidaciones de IVA y Renta por períodos 2010-2011, donde el SII cuestionó el origen de fondos de inversiones: compra de bien raíz por $100 millones (junio 2010) y compras de dólares por $6.6 millones (septiembre a noviembre 2010). El SII emitió citación solicitando justificación, que no fue respondida oportunamente. Posteriormente, el contribuyente presentó certificado de crédito bancario ($75 millones), escritura de préstamo de padres ($30 millones) y libros contables.
El tribunal estableció que para justificar origen de fondos debe acreditarse fehacientemente tanto el hecho generador como que esos recursos se utilizaron efectivamente en las inversiones. Respecto del crédito bancario de $75 millones del Banco de Chile (31.05.2010), se acreditó suficientemente por coincidencia de fechas, montos y escritura de compraventa. Sin embargo, el préstamo de padres ($30 millones) presentaba contradicciones: la escritura fue suscrita 2.5 años después, los montos declarados por padres diferían de la escritura, y los giros bancarios (9.06.2010 y 4.06.2010) ocurrieron des
Se acogió en parte la reclamación. Se dejó sin efecto la diferencia de impuestos por $75 millones de la partida 1 (bien raíz), y se confirmaron las diferencias tributarias por las partidas 2 a 5 (compras de dólares). Se reliquidaron las liquidaciones 727-732. No se condenó en costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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