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Tribunal del Maule
VINA PORTAL DEL SUR S.A. con SII-VII DIRECCCIÓN REGIONAL TALCA
Fecha: 29-10-2018 · Materia: Liquidación · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamación de Viña Portal del Sur S.A. contra liquidación por IVA y renta, dejando sin efecto partidas 1 y 2, pero confirmando partidas 3 y 4 por falta de acreditación de operaciones.
Viña Portal del Sur S.A. solicitó devolución de IVA Exportador el 07.08.2013, lo que originó auditoría del SII por diferencias de IVA en períodos febrero-julio 2013. El SII emitió Liquidación N° 182 de 27.10.2016 por $797.537.546 rechazando crédito fiscal de cuatro facturas: factura 568 de Maquinarias Ingeniería y Construcción Alto Cauquenes Ltda., factura 532 de Jorge Luis Díaz Valdés, factura 110 de Viña Santa Fe Ltda., y factura 20 de Exportadora Frucol Ltda. por 3.798.000 litros de vino por $1.382.273.060.
El tribunal analizó el cumplimiento del artículo 23 N° 5 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios respecto de los requisitos de documentos tributarios. Para las partidas 1 y 2, estimó que los defectos formales (falta de fecha de emisión en factura 532 y registro contable posterior en factura 568) no justificaban perder el derecho al crédito fiscal cuando se acreditaba cumplimiento de normas de prevención. Para partida 3, confirmó el rechazo por no acreditarse adecuadamente la cuenta bancaria registrada. Para partida 4, concluyó que no se probó la efectividad de la operación de venta d
Acoge en parte reclamación: deja sin efecto partidas 1 y 2 de Liquidación N° 182, confirma partidas 3 y 4. No condena en costas. Directora Regional SII debe dictar actos administrativos de anulación, reliquidación y giro correspondientes.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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